1. Objeto y Definiciones
1.1. Las presentes normas regulan la participación en la peña de juego PRIMITIVA, EUROMILLÓN, BONOLOTO y QUINIELA «Tres de la Lluna» organizada por la Administración de loterías Nº 3 de Ripollet, Loterías Tres de la Lluna.
1.2. A efectos de estas normas, se entenderá por:
– «Peña»: grupo de personas que se unen para participar conjuntamente en la compra de billetes de lotería y apuestas de juegos activos.
– «Participante»: toda persona que cumpla con las condiciones establecidas en estas normas y participe en la peña.
– «Administración»: Nº 3 de Ripollet, Loterías Tres de la Lluna.
2. Requisitos de Participación
2.1. Podrán participar en la peña todas las personas mayores de 18 años que cumplan con los requisitos legales para participar en juegos de azar.
2.2. La participación en la peña implica la aceptación de todas y cada una de las normas aquí establecidas.
3. Adquisición de Participaciones
3.1. La participación en la peña se formalizará mediante la adquisición de una o varias participaciones, cuyo importe será determinado por la Administración.
3.2. El pago de las participaciones deberá realizarse en efectivo o mediante los medios de pago admitidos por la Administración.
4. Reparto de Premios
4.1. Los premios obtenidos por la peña se repartirán de manera proporcional al número de participaciones adquiridas por cada participante.
4.2. En el caso de premios mayores, conforme a la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, los premios superiores a 2.500 euros estarán sujetos a una retención del 20%.
4.3. La Administración se encargará de gestionar el cobro y distribución de los premios. Los premios menores de 2.500 euros serán repartidos entre los participantes sin retención alguna. Para los premios mayores, la Administración descontará la retención correspondiente antes de proceder al reparto.
5. Reclamaciones y Responsabilidades
5.1. Las reclamaciones sobre el reparto de premios deberán ser presentadas por escrito ante la Administración en un plazo no superior a 15 días naturales desde la fecha del sorteo.
5.2. La Administración no se hace responsable de las pérdidas o daños que puedan derivarse de la participación en la peña, salvo en los casos de dolo o negligencia grave.
6. Protección de Datos
6.1. Los datos personales de los participantes serán tratados conforme a lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos.
6.2. La finalidad del tratamiento de los datos será la gestión de la peña y el reparto de los premios obtenidos.
7. Modificación de las Normas
7.1. La Administración se reserva el derecho de modificar las presentes normas, notificando cualquier cambio a los participantes con antelación suficiente.
7.2. Las modificaciones serán efectivas desde la fecha indicada en la notificación.
8. Aceptación de las Normas
8.1. La participación en la peña implica la aceptación íntegra de las presentes normas.
9. Legislación Aplicable y Jurisdicción
9.1. Estas normas se regirán e interpretarán conforme a la legislación española.
9.2. Para la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir en relación con la peña, las partes se someten a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de Ripollet.
10. Sólo la participación de la peña es el único documento que otorga el derecho a cobro del premio, y para obtener dicho premio, se debe pagar antes del sorteo, se facilitará el pago por transferencia, bizum, tarjeta o efectivo.
11. En el caso que no se pueda pagar el valor de la participación por causa ajena a la administración, debe comunicarlo al menos 1 semana antes del sorteo, y en dicho caso la participación será puesta a la venta para otro jugador.